¿Tienes un vehículo que no piensas utilizar durante un largo periodo de tiempo? ¿Sabías que existe la opción de darle de baja temporalmente? Esta alternativa te permite ahorrar en costes asociados con mantener el coche en alta administrativa, por esta razón, en Gestoría Masaga, queremos contarte todo lo que debes saber al respecto.

¿Qué es la baja temporal?

La baja temporal está diseñada para aquellos vehículos que, por diversas razones, no se usarán durante un tiempo, pero existe la posibilidad de volver a utilizarlos en el futuro. Es una situación administrativa fácilmente reversible, que permite que tu vehículo regrese a la circulación en el momento que lo desees.

Te ayudamos con cualquier trámite de vehículos

 

 

Requisitos para tramitar la baja temporal

  1. El vehículo debe estar libre de precintos judiciales o administrativos.
  2. Si es un vehículo agrícola, debe estar dado de alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) de tu Comunidad Autónoma.

Situación del vehículo durante la baja temporal

  • Esta baja es de carácter temporal y tiene una duración máxima de un año. No obstante, puedes solicitar prórrogas de un año cada vez, sin límite en el número de extensiones.
  • El vehículo regresará automáticamente a la situación de alta administrativa al finalizar el plazo de baja temporal.
  • Es importante recordar que no puedes circular con el vehículo mientras esté en baja temporal.
  • El coche quedará exento del pago del impuesto municipal de circulación.
  • Si planeas resguardar tu vehículo en una propiedad privada, no es esencial que tenga al día la ITV ni el seguro obligatorio. Pero si está en la vía pública, debe cumplir con ambos.

Proceso para solicitar la baja temporal en la DGT

Puedes tramitar la baja temporal tanto en línea como presencialmente en las oficinas de la DGT. El coste del trámite es de 8,67€. Es fundamental conservar el justificante que te proporcionen, ya que tendrás que presentarlo en tu compañía de seguros para pausar tu póliza.

¿Qué ocurre con el impuesto de circulación?

Aunque no utilices el vehículo, si está de alta al 1 de enero, tendrás que abonar el impuesto en el ayuntamiento correspondiente a su domicilio fiscal. Si deseas evitar futuros impuestos, es recomendable tramitar la baja antes de finalizar el año.

¿Es necesario informar al Ayuntamiento?

No, la DGT se encargará de comunicar la baja.

Si te enfrentas a situaciones especiales, como trasladarte a otro país o enfrentarte al robo de tu vehículo, la DGT ofrece guías específicas que puedes descargar en su portal.

En Gestoría Masaga, estamos aquí para asistirte en todos tus trámites de tus vehículos. ¡Contáctanos para más información!

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