Dirección electrónica vial

Actualmente las administraciones han ido implementando nuevas formas de comunicación con las personas administradas. Ahora es cuando la DGT le toca actualizarse y por esto hay que aprender terminologías de nuevo cuño como es esta DEV o Dirección Electrónica Vial. Es bastante importante contar con estas nuevas maneras de notificar electrónicamente, puesto que deben recogerse esas notificaciones mediante la plataforma telemática DEV.

¿Qué es la Dirección Electrónica Vial – DEV?

Este sistemas es el nuevo de notificación por vía electrónica. El objetivo es poder sustituir la dirección del domicilio por una de correo electrónico. En esta dirección electrónica es donde se van a recibir todas las notificaciones de tráfico. Desde el 2 de octubre de 2016 tiene carácter obligatorio esta clase de notificaciones electrónicas para la totalidad de las personas jurídicas. A partir del alta en la Dirección Electrónica Vial, la totalidad de las administraciones que cuenten con competencia de tráfico le van a remitir las notificaciones de manera electrónica, por lo que se dejará de usarse el sistema de notificación por papel.

¿Cómo debemos darnos de alta en el Dirección Electrónica Vial?

Las personas jurídicas tienen que darse de alta y el acceso se realiza por medio de este link, tiene que rellenarse los formularios que correspondan, caso del correo electrónico y teléfono móvil. Debemos recordar que tendrá que estar instalado antes el certificado digital en el navegador o insertado en la tarjeta criptográfica en el lector de tarjetas inteligentes.

¿Necesito tener un teléfono móvil? es algo recomendable, pudiendo recibir un mensaje SMS y que cuando reciba la notificación en su buzón en donde se ha creado esa Dirección Electrónica Vial.

¿Es posible cambiar los datos del alta? por supuesto, en cualquier momento y se hace gracias a este link.

¿Puedo darme de baja del DEV? en cualquier momento puedes hacerlo, siempre y cuando no se tengan pendiente las notificaciones sin leer o siendo rechazadas. también puedes hacerlo en este link.

¿Se puede matricular un vehículo a nombre de una Sociedad, pero no ha sido dada de alta en el DEV? ¿Qué se puede hacer?

Hay que darse de forma previa en el sistema de Dirección Electrónica Vial, puesto que es obligatorio y se debe realizar gracias al certificado digital, como se ha explicado en el correspondiente punto.

Tenemos que tener claro que es obligatorio que se den de alta todas las personas jurídicas de forma previa a que se matriculen lo vehículos, por lo que hay que cerciorarse antes de que estén dados de alta en el sistema DEV, las personas jurídicas que pongan un vehículo a su nombre, pudiendo consultarlo mediante este link.

En caso de que no aparezca la sociedad dada de alta en el sistema DEV, deberán de darse de alta antes de la matriculación. Hay que saber que en fechas futuras, no va a poderse matricular un vehículo en el nombre de una sociedad en caso de que de forma previa no estén dados de alta en el sistema de Dirección Electrónica Vial DEV. En caso de que tengas dudas, en Gestoria Masaga estaremos encantados de atenderte.

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.